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"El Estado de México implementa impuestos ambientales para impulsar la sostenibilidad"

  • Foto del escritor: MARIA ELVIA CULMA LEAL
    MARIA ELVIA CULMA LEAL
  • 5 mar 2024
  • 2 Min. de lectura

El próximo 1 de abril de 2024, una serie de nuevas disposiciones fiscales entrarán en vigor en el Estado de México, marcando un hito importante en la regulación ambiental y fiscal de la región. Estas disposiciones, contenidas en el Código Financiero del Estado de México, están diseñadas para abordar específicamente las preocupaciones relacionadas con la gestión de residuos, la contaminación del agua y las emisiones atmosféricas, reflejando un compromiso renovado con la protección del medio ambiente y la sostenibilidad en el estado.

Uno de los aspectos más destacados de estas nuevas disposiciones es la introducción del Impuesto Ecológico sobre Disposición, Confinamiento y Almacenamiento de Residuos, comúnmente conocido como el "Impuesto a los Residuos". Este impuesto está dirigido a los generadores de residuos urbanos no peligrosos que disponen de estos residuos en vertederos, centros de recolección u otros sitios de eliminación dentro del Estado de México. La imposición de este impuesto se activa si la disposición de los residuos provoca un impacto negativo en el medio ambiente, el equilibrio ecológico o la salud pública. La tarifa del impuesto se determinará en función de la cantidad mensual de residuos eliminados, con una tasa de MXN 100 por tonelada métrica.



Además, se establece el Impuesto sobre Emisiones Contaminantes al Agua, conocido como el "Impuesto al Agua", que se aplicará a individuos o entidades que realicen actividades lucrativas y descarguen o depositen contaminantes en cuerpos de agua ubicados en el Estado de México. La cuantificación de este impuesto se basa en la cantidad de agua afectada por sustancias contaminantes, medida en miligramos por litro, siguiendo las pautas establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021. Las tarifas varían según el tipo de contaminante, con tasas que oscilan entre MXN 108 y MXN 141 por metro cúbico de agua contaminada.

Asimismo, se introducen nuevas tarifas aplicables al Impuesto sobre Emisiones Contaminantes del Aire, que ya estaba en vigor desde 2022. Este impuesto se aplica a personas o entidades que operan fuentes estacionarias de emisión de aire en el Estado de México y emiten gases contaminantes a la atmósfera. La tarifa del impuesto se establece en MXN 58 por tonelada métrica de equivalente de dióxido de carbono (CO2e).

A pesar de la implementación de estas nuevas disposiciones, podrían surgir desafíos legales. Se sugiere la posibilidad de impugnar estos impuestos a través de un procedimiento de "Amparo" ante un tribunal federal, lo que destaca la importancia de considerar los aspectos legales y regulatorios en la implementación de políticas ambientales y fiscales.

En resumen, estas nuevas disposiciones fiscales ambientales representan un paso significativo hacia una gestión más sostenible de los recursos naturales y una mayor protección del medio ambiente en el Estado de México. Sin embargo, su efectividad y aplicación pueden estar sujetas a escrutinio y desafíos legales, lo que subraya la necesidad de un enfoque integral y coordinado para abordar los problemas ambientales y fiscales en la región.


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Autor del articulo: ExpokNews

Fecha de publicación: 22/02/2024

Palabras claves: Impuestos ambientales - Impacto ambiental - Residuos urbanos - Sustancias contaminantes - Recursos naturales - Gestión sostenible

 
 
 

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